Inicio » Corporativo » Noticias » 24 de Noviembre de 2009
Alquiler pisos : ¿ quien paga las tasas de basura en pisos de alquiler en Madrid
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Pisos alquiler, Obligados al pago de tasas de basura en pisos de alquiler
Para aclarar a los propietarios de pisos de alquiler en Madrid si pueden o no cobrar a sus inquilinos la famosa tasa de basuras, ofrecemos informacion sobre lo que establece la ordenanza sobre la tasa por servicios y actividades relacionadas con el medio ambiente, que regula el tema de las tasas de basuras en Madrid.
Segun la ordenanza de Tasa por Servicios y Actividades Relacionadas con el Medio Ambiente el sujeto pasivo del impuesto, osea el obligado al pago de las tasas de basura son " Son sujetos pasivos contribuyentes de las tasas reguladas en la presente ordenanza, las personas físicas y jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por la prestación del servicio o la realización de la actividad en el momento del devengo." ( articulo 7 : Contribuyentes ).
Si bien la ordenanza sobre tasas por servicios relacionadas con el medio ambiente, conocida como tasa de basuras, preve la posibilidad de sustitucion en el sujeto pasivo, estableciendo que " En los servicios o actividades que beneficien o afecten a los ocupantes de viviendas, locales o establecimientos, tendrán la consideración de sustitutos del contribuyente los propietarios de los mismos en el momento del devengo, quienes podrán repercutir, en su caso, las cuotas sobre los respectivos beneficiarios.
No obstante, en aquellos casos en los que, por confusión de sujetos, no pueda producirse la sustitución, la tasa será exigible directamente al sujeto pasivo contribuyente señalado en el artículo anterior"

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